Las bases concursales indicarán en su numeral sobre beneficios, los montos diponibles para la compra de equipamiento de los proyectos, únicamente disponibles en los concursos de Subvención a la Instalación en la Academia y Tesis de Doctorado en el Sector Productivo, de la siguiente manera:
Equipamiento: Comprende la adquisición de equipamiento menor, accesorios y los costos asociados a su internación, instalación y mantención durante el periodo de desarrollo del proyecto. La Institución Beneficiaria deberá mantener todos los equipos inventariados y asegurados, lo cual deberá ser informado a la Subdirección bajo el formato y plazos por esta indicados. El equipamiento a que se refiere este acápite no debe ser aquel regido por lo dispuesto en el Decreto N° 171, de 2012, del Ministerio de Educación, que establece criterios, procedimiento y destino de los bienes adjudicados en el marco del Fondo de Equipamiento Científico y Tecnológico (FONDEQUIP).
Así, es posible adquirir cualquier equipamiento que NO supere los 50 millones de pesos chilenos ($50.000.000) de manera individual. Cualquier equipamiento que supere este valor, debe ser postulado a través de los concursos de Equipamiento Científico y Tecnológico de la ANID.
Sin embargo, es importante considerar el objetivo del concurso de Subvención a la Instalación en la Academia, cuyo foco es la persona con doctorado y no la implementación de laboratorios de investigación para potenciar algún área de la institución que busca instalar a la persona con doctorado.
Por último, se debe considerar que gran parte del monto de la subvención a la instalación o vinculación temprana estará enfocada a la remuneración y aportes previsionales/ de salud de la persona con doctorado o tesista, dejando el remanente para gastos relacionados directamente con la ejecución del proyecto y las actividades propuestas en la postulación.