No.
Las Instituciones Públicas, Privadas y Personas Naturales deberán destinar una cuenta bancaria, en la cual la ANID transfiera los recursos correspondientes a los proyectos adjudicados, además de registrar los recursos pecuniarios de terceros y los aportes de la propia Institución al proyecto, según corresponda. En casos especiales, donde no sea posible obtener una cuenta bancaria, la ANID evaluará realizar una remesa de fondos por una vía distinta a una transferencia de fondos.
Sin embargo, se recuerda que se solicitará una declaración jurada simple (Anexo N°5) del responsable del proyecto, en la cual se establezca que los fondos transferidos por la ANID no serán invertidos en ningún instrumento financiero. Esta declaración se debe enviar junto con la primera rendición de cuentas, tanto para beneficiarios instituciones públicas y privadas, y personas naturales.