El mandato especial de ANID es un documento, mediante el cual el/la becario/a designa un/una representante legal ante la institución, en caso de trámites, consultas, requerimientos u otros.
Por ejemplo: si te adjudicas la beca estando en el extranjero, el/la representante puede realizar consultas a tu nombre, y se le puede entregar información respecto de tu beca.
Cualquier persona mayor de 18 años que designes puede ser tu mandatario, incluso tu cónyuge o conviviente civil. Sin embargo, ten en cuenta que las becas en el extranjero permiten que estas personas sean dependientes del/de la becario/a, por lo que podrían estar en el extranjero, y el espíritu de este mandato, es representar al/a la becario/a en Chile, mientras se reside en el extranjero.
El mandato especial de ANID puede ser suscrito de dos maneras:
Ante Notario Público en Chile, o bien,
Ante Cónsul chileno en el extranjero que corresponda, en caso que no te encuentres en Chile
El mandato especial debe ser suscrito en una Notaría Pública en Chile, debiendo comparecer tanto el/la becario/a como su representante. Debe ser otorgado por escritura pública. Ambos deben firmar el mandato, para que conste la aceptación del tercero.
Pero si el mandato especial es suscrito en el extranjero, los pasos a seguir son los siguientes:
Suscripción del mandato especial ante el Cónsul chileno en el extranjero que corresponda. Lo firma solamente la persona seleccionada a la beca y valida el Cónsul chileno
Envío a Chile del mandato especial.
El/la representante debe ir a legalizar el mandato especial en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Luego el/la representante deberá firmar ese mandato, para aceptarlo, ya que de momento solamente ha sido firmado por el/la seleccionado/a. Las dos acciones a realizar son 1) protocolizar el mandato (reducirlo a escritura pública) y 2) aceptar el mandato especial (que el/la representante lo firme), esta aceptación también debe ser autorizada ante Notario.
La protocolización y aceptación, puede ser un solo documento emitido por la Notaría.
Una tercera situación se puede dar si la persona seleccionada se adjudica la beca y previo a la firma de convenio, deja un poder amplio a un tercero.
Esta persona puede concurrir a la Notaría Pública chilena, y hacer el mandato especial con el mandato general que le hayan otorgado previamente, entonces, firmaría a nombre del/de la seleccionado/a como por él/ella mismo/a como representante. La factibilidad de esto, debe revisarlo la Notaría donde haga el trámite, y cuando firme el convenio, debe incluir ese mandato general en el set de documentos.