Convocatoria 2017
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector
Público convocatoria 2017, señalan que es obligación del becario:
13.2 Los/las becarios/as deberán al término de la beca desempeñarse
en
el Sector Público y preferentemente en la región del país en que
desempeñaba
sus labores al momento de la postulación, a lo menos por un período
igual
al doble de aquel que duró el programa de magíster, lo cual deberá
acreditarse
anualmente ante ANID (CONICYT).
13.3 Los becarios que hayan cesado sus funciones en el servicio que
lo
patrocinó, continuarán percibiendo los beneficios de la beca; sin
perjuicio
que al término de la misma, necesariamente deberán desempeñarse en
el
Sector Público, en conformidad con el párrafo precedente.
Por lo tanto, debes retribuir en el Sector Público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de Magister, contabilizado desde la finalización de la beca.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales, Administrativos
o de Fiscalizadores/as de alguna de las reparticiones de la Administración
del Estado a que se refiere el inciso segundo del artículo 1° de
la Ley
N° 18.575, es decir, Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios
Públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa,
incluidos
la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas
Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad pública, los Gobiernos
Regionales,
las Municipalidades y las empresas públicas creadas por ley;
Para contabilizar la duración del programa de Magister, ANID (CONICYT)
hará uso de la carta de aceptación, presentada al momento de la firma
de convenio. Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas
inicialmente, debes enviar un certificado oficial de la Universidad
que
lo acredite.
El periodo de beca se encuentra estipulado en tu convenio de beca.
En
los casos que posterior a la aprobación del convenio, se emitan resoluciones
administrativas que modifican la extensión de la beca (ya sea extiendan
o reduzcan), se entenderá como fecha de fin beca, el que indique
dicho
acto administrativo.
Convocatoria 2016
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector Público
convocatoria 2016, señalan que es obligación del becario:
13.2 Los/las becarios/as deberán al término de la beca desempeñarse en el
Sector Público y preferentemente en la región del país en que desempeñaba
sus labores al momento de la postulación, a lo menos por un período igual
al doble de aquel que duró el programa de magíster, lo cual deberá acreditarse
anualmente ante ANID (CONICYT).
13.3 Los becarios que hayan cesado sus funciones en el servicio que lo patrocinó,
continuarán percibiendo los beneficios de la beca; sin perjuicio que al término
de la misma, necesariamente deberán desempeñarse en el Sector Público, en
conformidad con el párrafo precedente.
Por lo tanto, debes retribuir en el Sector Público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de Magister, contabilizado desde la finalización de la beca.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales, Administrativos
o de Fiscalizadores/as de alguna de las reparticiones de la Administración
del Estado a que se refiere el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N°
18.575, es decir, Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos
creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluidos la Contraloría
General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas
de Orden y Seguridad pública, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades
y las empresas públicas creadas por ley;
Para contabilizar la duración del programa de Magister, ANID (CONICYT) hará
uso de la carta de aceptación, presentada al momento de la firma de convenio.
Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas inicialmente, debes
enviar un certificado oficial de la Universidad que lo acredite.
El periodo de beca se encuentra estipulado en tu convenio de beca. En los
casos que posterior a la aprobación del convenio, se emitan resoluciones
administrativas que modifican la extensión de la beca (ya sea extiendan o
reduzcan), se entenderá como fecha de fin beca, el que indique dicho acto
administrativo.
Convocatoria 2015
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector Público
convocatoria 2015, señalan que es obligación del becario:
13.2 Los/las becarios/as deberán al término de la beca desempeñarse en el
Sector Público y preferentemente en la región del país en que desempeñaba
sus labores al momento de la postulación, a lo menos por un período igual
al doble de aquel que duró el programa de magíster, lo cual deberá acreditarse
anualmente ante ANID (CONICYT).
13.3 Los becarios que hayan cesado sus funciones en el servicio que lo patrocinó,
continuarán percibiendo los beneficios de la beca; sin perjuicio que al término
de la misma necesariamente deberán desempeñarse en el Sector Público, en
conformidad con el párrafo precedente.
Por lo tanto, debes retribuir en el Sector Público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de Magister, contabilizado desde la finalización de la beca.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales, Administrativos
o de Fiscalizadores/as de alguna de las reparticiones de la Administración
del Estado a que se refiere el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N°
18.575, es decir, Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos
creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluidos la Contraloría
General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas
de Orden y Seguridad pública, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades
y las empresas públicas creadas por ley;
Para contabilizar la duración del programa de Magister, ANID (CONICYT) hará
uso de la carta de aceptación, presentada al momento de la firma de convenio.
Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas inicialmente, debes
enviar un certificado oficial de la Universidad que lo acredite.
El periodo de beca se encuentra estipulado en tu convenio de beca. En los
casos que posterior a la aprobación del convenio, se emitan resoluciones
administrativas que modifican la extensión de la beca (ya sea extiendan o
reduzcan), se entenderá como fecha de fin beca, el que indique dicho acto
administrativo.
Convocatoria 2014
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector Público
convocatoria 2014, señalan que es obligación del becario:
13.2 Los/las becarios/as deberán al término de la beca desempeñarse en el
Sector Público y preferentemente en la región del país en que desempeñaba
sus labores al momento de la postulación, a lo menos por un período igual
al doble de aquel que duró el programa de magíster, lo cual deberá acreditarse
anualmente ante ANID (CONICYT). Los becarios que hayan cesado sus funciones
en el servicio que lo patrocinó, continuarán percibiendo los beneficios de
la beca; sin perjuicio que al término de la misma necesariamente deberán
desempeñarse en el Sector Público, en conformidad con el párrafo precedente.
Por lo tanto, debes retribuir en el Sector Público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de magister, contabilizado desde la finalización de la beca.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales, Administrativos
o de Fiscalizadores/as de alguna de las reparticiones de la Administración
del Estado a que se refiere el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N°
18.575, es decir, Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos
creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluidos la Contraloría
General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas
de Orden y Seguridad pública, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades
y las empresas públicas creadas por ley;
Para contabilizar la duración del programa de Magister, ANID (CONICYT) hará
uso de la carta de aceptación, presentada al momento de la firma de convenio.
Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas inicialmente, debes
enviar un certificado oficial de la Universidad que lo acredite.
El periodo de beca se encuentra estipulado en tu convenio de beca. En los
casos que posterior a la aprobación del convenio, se emitan resoluciones
administrativas que modifican la extensión de la beca (ya sea extiendan o
reduzcan), se entenderá como fecha de fin beca, el que indique dicho acto
administrativo.
Convocatoria 2013
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector Público
convocatoria 2013, señalan que es obligación del becario:
13.2 Los/las becarios/as deberán al término de la beca desempeñarse en el
Sector Público y preferentemente en la región del país en que desempeñaba
sus labores al momento de la postulación, a lo menos por un período igual
al doble de aquel que duró el programa de magíster, lo cual deberá acreditarse
anualmente ante ANID (CONICYT). Los becarios que hayan cesado sus funciones
en el servicio que lo patrocinó, continuarán percibiendo los beneficios de
la beca; sin perjuicio que al término de la misma necesariamente deberán
desempeñarse en el Sector Público, en conformidad con el párrafo precedente.
Por lo tanto, debes retribuir en el Sector Público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de magister, contabilizado desde la finalización de la beca.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales, Administrativos
o de Fiscalizadores/as de alguna de las reparticiones de la Administración
del Estado a que se refiere el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N°
18.575, es decir, Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos
creados para el cumplimiento de la función administrativa; incluidos la Contraloría
General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas
de Orden y Seguridad Públicas, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades,
y empresas públicas creadas por ley;
Para contabilizar la duración del programa de magister, ANID (CONICYT) hará
uso de la carta de aceptación, presentada al momento de la firma de convenio.
Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas inicialmente, debes
enviar un certificado oficial de la Universidad que lo acredite.
El periodo de beca se encuentra estipulado en tu convenio de beca. En los
casos que posterior a la aprobación del convenio, se emitan resoluciones
administrativas que modifican la extensión de la beca (ya sea extiendan o
reduzcan), se entenderá como fecha de fin beca, el que indique dicho acto
administrativo.
Convocatoria 2012
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector Público
convocatoria 2012, señalan que es obligación del becario:
12.1 Al término de la beca, el becario/a deberá desempeñarse en el Sector
público y preferentemente en la región del país en que desempeñaba sus labores
al momento de recibir la beca, a lo menos por un periodo igual al doble del
aquel que duró el Programa de Magister, lo cual deberá acreditarse anualmente
ante ANID (CONICYT).
12.2 El cumplimiento de la obligación de retribución, señalada precedentemente,
se iniciará a contar de la fecha establecida para el término de la beca,
señalada en el respectivo convenio.
Por lo tanto, debes retribuir en el Sector Público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de magister, contabilizado desde la finalización de la beca.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales o de Fiscalizadores/as
de alguna de las reparticiones de la Administración del Estado a que se refiere
el inciso primero del artículo 21 de la Ley N° 18.575, es decir, Ministerios,
Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos creados para el cumplimiento
de la función administrativa; Profesional perteneciente a la Contraloría
General de la República, Banco Central, Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden
y Seguridad Públicas, Gobiernos Regionales, Municipalidades, Consejo Nacional
de Televisión, Consejo para la Transparencia.
Para contabilizar la duración del programa de Magister, ANID (CONICYT) hará
uso de la carta de aceptación, presentada al momento de la firma de convenio.
Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas inicialmente, debes
enviar un certificado oficial de la Universidad que lo acredite.
El periodo de beca se encuentra estipulado en tu convenio de beca. En los
casos que posterior a la aprobación del convenio, se emitan resoluciones
administrativas que modifican la extensión de la beca (ya sea extiendan o
reduzcan), se entenderá como fecha de fin beca, el que indique dicho acto
administrativo.
Convocatoria 2011
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector Público
convocatoria 2011, señalan que es obligación del becario:
12.1 Al término de la beca, el becario/a deberá desempeñarse en el Sector
público y preferentemente en la región del país en que desempeñaba sus labores
al momento de recibir la beca, a lo menos por un periodo igual al doble del
aquel que duró el Programa de Magister, lo cual deberá acreditarse anualmente
ante ANID (CONICYT).
12.2 El cumplimiento de la obligación de retribución, señalada precedentemente,
se iniciará a contar de la fecha establecida para el término de la beca,
señalada en el respectivo convenio.
Por lo tanto, debes retribuir en el Sector Público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de magister, contabilizado desde la finalización de la beca.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales o de Fiscalizadores/as
de alguna de las reparticiones de la Administración del Estado a que se refiere
el inciso segundo del Artículo 1°de la Ley N° 18.575, es decir, Ministerios,
Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos creados para el cumplimiento
de la función administrativa; incluida la Contraloría General de la República,
el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad
Públicas, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades.
Para contabilizar la duración del programa de Magister, ANID (CONICYT) hará
uso de la carta de aceptación presentada al momento de la firma de convenio.
Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas inicialmente, debes
enviar un certificado oficial que lo acredite.
El periodo de beca se encuentra estipulado en tu convenio de beca. En los
casos que posterior a la aprobación del convenio, se emitan resoluciones
administrativas que modifican la extensión de la beca (ya sea extiendan o
reduzcan), se entenderá como fecha de fin beca, la que indique dicho acto
administrativo.
Convocatoria 2010
Las bases concursales de la Beca Magister para Funcionarios del Sector Público
convocatoria 2010, señalan que es obligación del becario:
13.1 Al término de la beca, el/la becario/a deberá desempeñarse en el sector
público a lo menos por el doble de tiempo de la duración del programa de
Magíster y preferentemente en la misma región del país donde se desempeñaba
laboralmente al recibir la beca, circunstancia que deberá acreditar anualmente
ante ANID (CONICYT) mediante un certificado expedido por el Jefe Superior
de la Institución
13.2 El cumplimiento de la obligación de retribución se iniciará una vez
obtenido el Grado Académico para el cual fue otorgada la beca.
Por lo tanto, debes retribuir en el sector público,
por el doble de tiempo de la duración del programa de magister, contabilizado desde la obtención del grado académico de Magister.
Se entiende por sector público:
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata pertenecientes
o asimilados/as al escalafón de Directivos, de Profesionales o de Fiscalizadores/as
de alguna de las reparticiones de la Administración del Estado a que se refiere
el inciso primero del artículo 21 de la Ley N° 18.575, es decir, Ministerios,
Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos creados para el cumplimiento
de la función administrativa; Profesional perteneciente a la Contraloría
General de la República, Banco Central, Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden
y Seguridad Públicas, Gobiernos Regionales, Municipalidades, Consejo Nacional
de Televisión, Consejo para la Transparencia.
Lo anterior se debe acreditar mediante el correspondiente Decreto o Resolución
de nombramiento, con certificación de vigencia expedido por el/la Jefe de
personal del Servicio respectivo.
Para contabilizar la duración del programa de Magister, ANID (CONICYT) hará
uso de la carta de aceptación presentada al momento de la firma de convenio.
Si tu programa finalizó antes de las fechas estipuladas inicialmente, debes
enviar un certificado oficial que lo acredite.