En el marco de los concursos Subvención a la Instalación en la Academia (SIA) las Bases concursales detallan una serie de obligaciones que las instituciones beneficiarias deben cumplir durante la ejecución de los proyectos adjudicados. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones puede derivar en el término del proyecto con restitución parcial o total de la subvención transferida.
Estas responsabilidades se presentan y deben ejecutarse de manera secuencial, siguiendo el orden que se describe a continuación:
Subvención a la Instalación en la Academia - SIA
Inicio de Ejecución: Fecha de asunción de funciones según contrato de doctor/a instalado/a (para convocatorias 2021, 2022 y 2025). Fecha de emisión de la Resolución que aprueba el convenio de financiamiento (para convocatoria 2024).
Año 1 de Ejecución
Contrato Doctor/a instalado/a: Enviar el contrato en un plazo máximo de 60 días corridos desde la emisión de la Resolución que aprobó el convenio de financiamiento. El contrato debe contemplar un cargo académico de jornada completa a contrata o código del trabajo, con una remuneración mínima de $1.800.000 bruto y máxima financiable con los recursos de ANID de $2.500.000 bruto para proyectos en R. Metropolitana y de $3.000.000 para regiones diferentes a la R. Metropolitana.
Para más información ver Contratación persona con grado de Doctor.Informe Técnico de Avance, 1er año de ejecución: Presentar a más tardar el 30 de junio de 2025 (convocatoria 2024) y el 31 de agosto de 2026 (convocatoria 2025), informando el avance en objetivos y actividades planificadas mediante el formulario que ANID disponga para ello.
Para más información ver Informe Técnico de Avance.
Año 2 de Ejecución
Jerarquización Académica: Enviar evidencia del nombramiento de la jerarquización académica en un plazo máximo de 18 meses corridos desde el inicio de la ejecución.
Para más información ver Jerarquización Académica.Informe Técnico de Avance, 2do año de ejecución: Presentar a más tardar el 30 de junio de 2026 (convocatoria 2024) y el 31 de agosto de 2027 (convocatoria 2025), informando el avance en objetivos y actividades planificadas mediante el formulario que ANID disponga para ello.
Para más información ver Informe Técnico de Avance.
Año 3 de Ejecución
Finalización de Ejecución: Al mes 36 de iniciada la ejecución. Posterior a esta fecha no se podrán reportar ni objetivos ni gastos asociados al proyecto.
Informe Técnico Final: Debe enviarse en un plazo máximo de un mes después de la finalización de la ejecución. Este informe incluye todos los objetivos y actividades completadas, con formularios específicos que ANID disponga, dirigidos para la Contraparte Institucional y Doctor/a instalado/a.
Informe Final de Rendiciones de Cuentas: Debe enviarse en un plazo máximo de un mes tras la finalización del proyecto. Todos los gastos asociados deben estar reportados, sin montos pendientes de reintegrar.
Cierre de Proyecto: Una vez jerarquizada la persona instalada y aprobados los informes técnicos y financieros, ANID emitirá la Resolución correspondiente que formaliza el cierre del proyecto y la extinción de sus obligaciones.
Para más información ver Término de Ejecución y Cierre con Extinción de Obligaciones.