Una vez recepcionado en original el Formulario de Rendición (Anexo N°1) por Departamento de Gestión de Rendiciones de la Subdirección de Áreas Transversales (DGR/SAT), tras validarse la pertinencia de los gastos por parte del programa respectivo. Dicha unidad tiene un plazo de 45 días corridos para informar al respectivo Programa de ANID la disminución de la deuda o, en caso contrario, la no disminución indicando el o los motivos.
Luego, el respectivo Programa de ANID debe entregar al beneficiario(a), la información proporcionada por la DGR/SAT y, en caso que se informe la no disminución de la deuda, el beneficiario debe subsanar el motivo de la observación.