Los gastos rendidos deben ser efectuados en el marco del periodo vigente de la ejecución del proyecto.
Por consiguiente, no se aceptarán gastos con fechas anteriores o posteriores a la fecha de vigencia del respectivo proyecto y/o convenio de financiamiento, y sus eventuales prorrogas de ejecución de proyectos.
Excepcionalmente:
- Se aprobarán documentos con fecha anteriores al periodo de vigencia del proyecto, respecto a gastos
relativos a la adquisición de garantías para resguardar las transferencias de fondos realizadas por la ANID.
- Se aprobarán documentos con fecha posterior a la vigencia del proyecto, siempre que la solicitud de
compra del bien o servicio haya sido realizada dentro de dicho periodo de vigencia. En relación con esto:
- En el caso de gastos en bienes, debe ser respaldado mediante una orden de compra u otro
documento similar, con fecha anterior al término del proyecto. - En el caso de gastos en servicios (gastos en personal), la glosa o periodo del documento debe
dar cuenta del periodo que fueron realizadas las actividades, las que deben estar dentro del
periodo de vigencia del proyecto. - Si se requiere realizar una actividad de cierre de un proyecto, dichos gastos pueden estar con
fechas posteriores a la ejecució