La Institución Beneficiaria es la que actúa en calidad de tal para los proyectos albergantes, de manera que deberá suscribir el convenio de Tiempo de Uso de Buque. El convenio se suscribe con posterioridad a la notificación de la aprobación de los proyectos. En este convenio se establecerán expresamente los derechos y obligaciones de las partes y los requerimientos específicos bajo los cuales los participantes pueden realizar sus actividades a bordo del buque.
Previo a la firma del convenio, la institución principal deberá estar inscrita en el Registro de Colaboradores del Estado y Municipalidades; siendo esto un requisito obligatorio para que la ANID realice transferencias de recursos, según lo establecido en la ley N°19.862 del 08/02/2003, cuando corresponda.
Será condición para la firma de convenio la concordancia del objeto social de la Institución Beneficiaria con la actividad a desarrollar en el proyecto.
El convenio de financiamiento incorporará una cláusula en relación con la obligación de las instituciones de Educación Superior, que participan en calidad de Instituciones Patrocinantes o Beneficiarias, de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 21.369, que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación Superior.
Además, en cumplimiento de la Ley N°21.643, el convenio de financiamiento contemplará una cláusula sobre la normativa en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo en orden a propender relaciones laborales fundadas en un trato de libre de violencia, compatible con la dignidad de las personas y con perspectivas de género.
Al momento de suscribir el convenio se requerirá un certificado de vigencia, otorgado por el organismo competente, en que se acredite la antigüedad de la institución, la cual debe ser al menos de tres años desde la fecha de su constitución. Asimismo, al momento de la firma del convenio respectivo, la Subdirección deberá solicitar al Departamento de Gestión de Rendiciones de la ANID, la emisión de un certificado que acredite que la Institución Beneficiaria receptora de los recursos se encuentra sin rendiciones pendientes respecto de las rendiciones de cuentas de cualquier proyecto adjudicado anteriormente por ANID.
El proceso de firma de convenio de ejecución entre ANID y el(la) Representante Legal de la Institución Beneficiaria, se realizará dentro de los 20 días hábiles, a contar de la fecha de notificación de adjudicación.
En el caso de que la Institución Beneficiaria no formalice la firma del convenio respectivo, se asumirá que renuncia al beneficio, dando paso a la activación de la lista de espera.
El convenio comenzará a regir a partir de la fecha en que el acto administrativo que lo apruebe se encuentre totalmente tramitado.
8.- CONDICIONES ADICIONALES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA EXPEDICIÓN
Se exigirá a los(as) participantes en las actividades a bordo del Buque AGS 61 Cabo de Hornos, la presentación, al embarcarse en el mismo, de la siguiente documentación, cuyas recomendaciones y formatos están en el sitio web del concurso:
- Póliza de seguro de accidentes con cobertura específica para accidentes en embarcaciones.
- Declaración Jurada solicitada por la Armada.
- Otras certificaciones y cuestionario para actividades de buceo.
- Autorizaciones para realizar investigación científica y/o tecnológica marina por entidades nacionales (incluye sondajes de prospección exploratoria) DS N° 711 del 22 de agosto de 1975 en el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada.
- Autorizaciones respectivas emitidas por la Autoridad Pertinente concernientes a la afectación de especies hidrobiológicas ya sea producto de la utilización de metodologías de trabajo, de su extracción por pescas de investigación, de descarte, etc.
Además, el(la) Coordinador(a) de proyecto, deberá contar con las autorizaciones respectivas, emitidas por la Autoridad Pertinente, concernientes a la afectación de especies hidrobiológicas, ya sea producto de la utilización de metodologías de trabajo, de su extracción por pescas de investigación, de descarte, etc.
Finalmente, el(la) Coordinador(a) de Proyecto deberá gestionar la solicitud de autorización para realizar investigación científica y/o tecnológica marina por entidades nacionales (incluye sondajes de prospección exploratoria), según indica el DS N° 711 del 22 de agosto de 1975 del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada.
Se recomienda que todos estos trámites sean realizados con la debida antelación para evitar la falta de permisos a la fecha de partida de la expedición, ya que sin ellos no se permitirá embarcar a los(as) participantes, perdiendo así su espacio.
La póliza de seguro de accidentes deberá ser presentada en ANID antes de abordar el Buque Cabo de Hornos, por lo que se recomienda que, comunicada la adjudicación, este trámite se realice inmediatamente.
Toda esta información deberá ser entregada a ANID a más tardar el 21 de septiembre de 2026.