III.1. Plazos de Ejecución
El Núcleo deberá ejecutar sus gastos en un plazo máximo de 36 (treinta y seis) meses, contados desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el convenio de financiamiento, a menos que se extienda el plazo de ejecución del convenio, en cuyo caso el Núcleo deberá ceñirse al nuevo plazo establecido.
Se deja establecido que todo gasto efectuado después del plazo de ejecución correspondiente será rechazado.
Sin desmedro de lo anterior, el convenio de financiamiento tendrá una vigencia total de 44 (cuarenta y cuatro) meses, es decir, considera 8 meses adicionales al plazo de ejecución, con la finalidad de cumplir con todos los compromisos técnicos y administrativos correspondientes para su cierre.
III.2. Financiamiento
El financiamiento otorgado por la ANID a cada Núcleo Milenio que resulte adjudicado será de $663.000.000.- (seiscientos sesenta y tres millones de pesos), correspondientes al monto máximo a adjudicar por cada Núcleo Milenio, los cuales serán entregados en cuotas anuales iguales.
El convenio de financiamiento será suscrito entre ANID, el/la Director/a y el/la Director/a Alterno/a beneficiarias, y los recursos adjudicados se entregarán directamente a estas personas.
El financiamiento total tiene una duración de 36 meses y estará sujeto a la respectiva disponibilidad presupuestaria del servicio. Las anualidades posteriores al inicio del proyecto quedarán subordinadas a la autorización de la Dirección de Presupuestos, conforme al artículo 24 de la ley 21.796 de presupuestos del sector público año 2026, sin derecho a indemnización alguna.
El(la) beneficiario(a) del proyecto deberá destinar una cuenta bancaria exclusiva y bipersonal para la transferencia de los recursos del proyecto.
ANID podrá reajustar los presupuestos autorizados en cada cuota del subsidio, solo en la medida que ello esté contemplado en la Ley de Presupuestos aprobada por la Dirección de Presupuestos (DIPRES).
Las transferencias de recursos estarán sujetas a las siguientes condiciones:
Disponibilidad presupuestaria del servicio.
Entrega de las cauciones correspondientes, según bases y convenio.
No mantener rendiciones pendientes con ANID, conforme a la normativa vigente.
Total tramitación del acto administrativo que aprueba el convenio.
En caso de personas naturales inscritas en el Registro de Deudores de Pensión de Alimentos, se descontará la deuda conforme a la ley.
III.3. Financiamiento para Proyección al Medio Externo
Las actividades de divulgación y vinculación con el medio son financiables con fondos del proyecto. Adicionalmente, en caso de existir disponibilidad presupuestaria, el Núcleo podrá optar a financiamiento directo para realizar actividades de Proyección al Medio Externo (PME) de manera anual.
El financiamiento de PME será destinado a la divulgación, transferencia del conocimiento y del quehacer científico hacia la comunidad, sectores público y privado, educativo y la sociedad en general.
Estos fondos no serán considerados parte del Presupuesto Total del Núcleo, ya que se entregan como complemento para fortalecer la vinculación con otros actores, y se asignarán únicamente a los proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en los instructivos correspondientes.
El financiamiento para Proyección al Medio Externo deberá ser rendido bajo las mismas reglas que rigen la rendición del financiamiento del Núcleo Milenio.
La información contenida en este artículo es referencial y contempla un extracto de las Bases Concursales, las que se encuentran disponibles en el siguiente enlace