ANID podrá declarar fuera de bases aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos de postulación establecidos en estas bases o en el formulario de postulación.
ANID podrá solicitar a los(as) postulantes antecedentes e información complementaria sobre la propuesta que estimen necesarios.
ANID podrá requerir los antecedentes e informaciones sobre el trabajo del Núcleo Milenio que estime necesarios.
ANID podrá difundir libremente y sin limitaciones de ningún tipo cualquier información no confidencial sobre el Núcleo Milenio y sus actividades que sea recibida a través de informes de avance y final, siempre y cuando ésta mencione su autoría cuando corresponda. Asimismo, podrá utilizar y difundir en forma anónima cualquier dato relacionado con el proyecto, con el fin de mantener y publicar información estadística acerca de los proyectos en general.
ANID tiene la facultad de fijar el sentido y alcance de las presentes Bases, ya sea de oficio o a petición de parte.
Se entienden incorporadas en las bases y en los convenios las disposiciones legales vigentes.
Las partes fijan como domicilio la ciudad y comuna de Santiago, por lo que las controversias que se puedan presentar en relación a la interpretación de las presentes Bases y/o del Convenio, serán resueltos por los Tribunales Ordinarios de Justicia de la República de Chile.
La información contenida en este artículo es referencial y contempla un extracto de las Bases Concursales, las que se encuentran disponibles en el siguiente enlace