1. Obtuve mi grado de doctor en marzo de 2016. ¿Estoy dentro del rango de elegibilidad para postular este año?
Sí, estás dentro del rango. Las bases concursales en su numeral 4.3 establecen que pueden postular investigadores/as que cuenten con grado académico de doctor obtenido a partir del 1 de enero de 2015 y hasta antes de la hora de cierre del patrocinio institucional. La fecha válida es cuando cumpliste con todos los requisitos para obtener el grado, no la fecha del certificado oficial.
2. Defendí mi tesis hace dos meses pero aún no me entregan el certificado oficial. ¿Sirve un certificado provisorio? ¿Qué debe decir exactamente?
Sí, sirve un certificado provisorio, pero debe cumplir condiciones específicas. Según el numeral 4.3 de las bases, debe ser emitido por la Dirección de Postgrado o autoridad competente de la institución. Si indica la aprobación de la defensa de tesis o examen de grado, debe señalar que ese es el último paso para obtener el grado de doctor. Debe tener fecha a contar de enero de 2024 y subirse en la Etapa Anexos, sección "Certificados de Estudios" del Sistema de Postulación en Línea.
3. Soy investigadora extranjera y no resido aún en Chile. ¿Puedo postular o necesito tener visa antes?
Puedes postular sin residencia en Chile al momento de la postulación. Las bases (numeral 3.3) indican que los proyectos deben ejecutarse en Chile por investigadores/as chilenos/as o extranjeros/as residentes en Chile. Si la propuesta resulta adjudicada, deberás acreditar residencia conforme al numeral 10.1.2 para recibir los recursos y firmar el convenio.
4. Si adjudico el proyecto, ¿desde cuándo debo estar físicamente en Chile y cuántos meses al año debo permanecer?
El numeral 3.4 establece que el Investigador/a Responsable debe permanecer en Chile hasta el término del proyecto y al menos seis meses durante cada año de ejecución. Esta permanencia se acredita anualmente mediante declaración jurada según numeral 11.2.
5. Actualmente estoy en el tercer año de un Postdoctorado Fondecyt. ¿Puedo postular a Iniciación este año?
Sí, el numeral 4.9 permite postular a Investigadores/as Responsables de proyectos Fondecyt de Postdoctorado con fecha de término posterior al cierre de patrocinio institucional, siempre que estén en el último año de ejecución. Además, el numeral 4.5 establece que un/a investigador/a solo puede ser responsable de un proyecto Fondecyt en ejecución a la vez.
6. ¿Qué pasa si mi Postdoctorado termina después de la fecha de cierre del patrocinio institucional?
Según numeral 9.5, si adjudicas el Iniciación, debes presentar el informe académico final de tu Postdoctorado al 31 de marzo del año siguiente al inicio del nuevo proyecto. Se pueden enviar antecedentes adicionales hasta el 30 de junio del mismo año. Si no cumples, perderás la adjudicación del nuevo proyecto. También puedes rechazar la adjudicación del Iniciación y continuar tu Postdoctorado.
7. Tuve un Postdoctorado con información adicional pendiente. ¿Eso me inhabilita?
No te inhabilita mientras regularices tu situación a tiempo. El numeral 4.8 permite postular a Investigadores/as Responsables de Postdoctorado con fecha de término anterior al cierre del patrocinio, siempre que hayan enviado la información requerida para la aprobación del informe académico final conforme a las bases.
8. Participé como investigador en un Anillo en 2016. ¿Puedo postular a Iniciación?
No, no puedes postular. El numeral 4.7 letra e) indica que no podrán postular quienes hayan participado desde 2015 en adelante como Investigador/a Titular o Principal de Proyectos Anillos. Esto incluye Directores/as de Centros Regionales de Investigación de ANID, Centros Basal y Centros de Investigación Avanzada en Educación.
9. ¿Soy elegible si fui co-investigador (no IR) en un Fondecyt Regular vigente?
Las inhabilidades del numeral 4.7 se refieren a roles de Investigador/a Responsable, Director/a, Investigador/a Titular o Principal. Ser co-investigador no inhabilita, pero el numeral 6.1 letra a) limita honorarios totales por participación en proyectos Fondecyt de Iniciación y Regular a $6.000.000 por año.
10. Tengo doble nacionalidad y mi grado lo obtuve en el extranjero. ¿Necesito alguna apostilla o convalidación?
No se exige apostilla ni convalidación. Según numeral 4.3, si los documentos del grado están en idioma distinto a español o inglés, debes adjuntar una traducción simple e íntegra a uno de estos idiomas en la sección "Certificados de Estudios" del Sistema de Postulación en Línea.