24. ¿Cuál es el monto máximo anual que puedo solicitar y por cuántos años?
Las bases en el numeral 3.1 establecen que se financian proyectos de 2 o 3 años de duración. El numeral 6 fija el monto máximo de financiamiento en $30.000.000 por año de ejecución. Esta suma no incluye los gastos de administración indirectos (que se asignan a la Institución Patrocinante) ni los Gastos de Instalación, que pueden solicitarse adicionalmente para el primer año.
25. ¿Cuánto puedo asignarme como honorarios de Investigadora Responsable?
El numeral 6.1 letra a) de las bases establece que el/la Investigador/a Responsable puede solicitar honorarios hasta por $6.000.000 para cada año de ejecución. Las bases también advierten que durante la ejecución del proyecto no será posible realizar modificaciones presupuestarias para aumentar o adicionar recursos en este ítem.
26. Si además soy co-investigadora en un Fondecyt Regular, ¿se suman los topes de honorarios?
Sí, se suman y operan como un tope global. El numeral 6.1 letra a) de las bases establece que la suma de honorarios por participación en proyectos de los Concursos Fondecyt de Iniciación en Investigación y Regular —en calidad de Coinvestigador/a— no podrá exceder en total los $6.000.000 por cada año de ejecución. Las bases también señalan que los honorarios que excedan el máximo permitido serán adecuados al inicio del proyecto y en cada año de ejecución.
27. ¿Puedo financiar a dos tesistas de doctorado simultáneamente? ¿Cuál es el tope por persona?
Sí, puedes financiar a más de un tesista en paralelo. El numeral 6.1 letra b) de las bases establece que el subsidio de mantención para tesistas o memoristas no podrá exceder los $3.750.000 por persona, para cada año de ejecución, independiente de los proyectos en que participe en esta calidad. Las bases exigen además que el/la Investigador/a Responsable del proyecto sea el/la tutor/a o co-tutor/a del/la tesista.
28. Necesito comprar un equipo de $40 millones. ¿Eso entra en equipamiento? ¿Hay tope global?
Sí, entra en el ítem Equipamiento (Bienes de Capital), y el monto cabe dentro del tope. El numeral 6.3 de las bases establece que el monto máximo a financiar por este ítem es de $50.000.000 para toda la ejecución del proyecto. Este ítem comprende la adquisición de equipos, instrumental, equipamiento menor, accesorios y los costos asociados a su internación, instalación y mantención. Las bases también advierten que no debe tratarse de equipamiento regido por el Decreto Supremo N°171 de 2012, que corresponde a FONDEQUIP.
29. ¿Qué son exactamente los "gastos de instalación" y quién los puede pedir?
El numeral 6.4 de las bases define este ítem como un tipo de gasto operacional adicional, que permite solicitar recursos a aquellos investigadores/as que, para ejecutar la propuesta, requieran viajar al país o trasladarse de región dentro de Chile. El ítem cubre alojamiento o arriendo, alimentación, transporte y pasajes aéreos en clase económica para el/la IR a Chile y/o por traslado a otras regiones. El monto máximo es de $3.000.000 en el primer año de ejecución, y las bases son claras en que este ítem no admite movilidad presupuestaria; los dineros que no sean utilizados deben ser reintegrados.
30. Vivo en regiones y postularé desde allá. ¿Puedo solicitar gastos de instalación igualmente?
Depende de tu situación específica. El numeral 6.4 de las bases habilita estos gastos para quienes necesiten viajar al país o trasladarse de región dentro de Chile a la región donde se ejecutará el proyecto. Si ya resides en la región donde se ejecutará el proyecto, no se configuraría el supuesto del traslado que justifica este ítem.
31. ¿Los gastos de administración indirectos del 20% se descuentan de mi presupuesto o son adicionales?
Son adicionales, no se descuentan de tu presupuesto. El numeral 6 de las bases establece expresamente que el monto máximo de $30.000.000 por año de ejecución no incluye gastos de administración indirectos, así como tampoco los Gastos de Instalación que pueden solicitarse para el primer año. Los gastos de administración indirectos corresponden a recursos que se asignan directamente a la Institución Patrocinante.
32. ¿Puedo incluir en el presupuesto la asistencia a un congreso internacional cada año?
Sí, está expresamente contemplado. El numeral 6.2 de las bases (Gastos de operación general) lista entre los gastos financiables la asistencia a congresos, estadías de investigación, presentación de resultados en reuniones científicas, viajes para la ejecución de actividades del proyecto, talleres y seminarios, publicación y divulgación de resultados, entre otros. Las bases también especifican que solo se aceptan pasajes en clase económica.
33. ¿Existe un instructivo oficial con valores referenciales de viáticos y pasajes o uso valores de mercado?
Las bases no fijan valores referenciales para viáticos ni pasajes. El numeral 6.2 solo establece que los pasajes deben ser en clase económica, pudiendo incluir gastos por equipaje de dicha categoría, conforme a lo establecido en el instructivo de rendición de cuentas correspondiente.
34. ¿Puedo financiar publicación en revistas open access con APC altos?
Sí, pero con una restricción importante de calidad editorial. El numeral 6.2 de las bases establece que solo podrá solicitar financiamiento para publicaciones científicas generadas por el proyecto y en revistas incluidas en la base de datos Web of Science u otras, según la naturaleza de la disciplina. No hay un tope explícito por APC, pero las bases exigen que las publicaciones cumplan estándares de indexación.
35. Mi pareja es ingeniera y quisiera contratarla como personal de apoyo. ¿Es posible?
No, no es posible. El numeral 6.1 letra d) de las bases es taxativo: no podrán participar como personal técnico, de apoyo u ocasional aquellas personas que sean cónyuge o conviviente civil con el/la Investigador/a Responsable, así como aquella con quien tenga un parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.